Proyecto de Decreto Foral por el que se modifica el Decreto Foral 43/2018, de 30 de mayo, por el que se regula la situación de segunda actividad del personal que desempeñe los puestos de trabajo de bombero o cabo de bomberos en el Servicio de Bomberos de Navarra – Nafarroako Suhiltzaileak.
Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior.
Segunda Actividad - a todo el personal operativo
Rechazada
En el Proyecto de Decreto Foral no se regula la situación de segunda actividad del personal operativo que desempeña el trabajo de sargento / suboficial
Este personal gestiona medios, riesgos y personas. Y envejecen y ven reducidas sus capacidades igual que el resto.
Es igualmente operativo y acuden solos a intervención, sin apoyo.
Es igualmente operativo y acuden solos a intervención, sin apoyo.
Esta propuesta ha sido rechazada porque:
No procede su incorporación. Es en la Ley Foral 8/2005 de Protección civil y Atención de Emergencias de Navarra, donde se prevé el acceso a la segunda actividad únicamente a bomberos y cabos de bombero.
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