Consulta previa para recabar sugerencias sobre el Decreto Foral por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Foral 4/2023, de 9 de marzo, de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias
Departamento de Interior, Función Pública y Justicia
Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Participación en normativa
Para lograr que la Ley Foral 4/2023, de 9 de marzo, de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias despliegue todos sus efectos resulta absolutamente imprescindible su desarrollo reglamentario, desarrollo que, de conformidad con la Disposición Adicional Primera de la misma Ley foral, corresponde al Gobierno de Navarra.
La Ley Foral 4/2023 de 9 de marzo, de justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias establece un conjunto de medidas, procedimientos, planes y registros que deben ser desarrollados:
En concreto, en su Disposición Adicional Primera, la Ley dispone que deben desarrollarse los siguientes aspectos:
- La creación y normas de funcionamiento del Registro de Mediación de Navarra.
- Los requisitos para la obtención del Sello de Calidad para las personas e Instituciones de Mediación inscritas en el Registro de Mediación de Navarra.
- El marco general para regular las diferentes fases de los procesos de mediación que se desarrollen en la Comunidad Foral de Navarra para las personas e instituciones inscritas de forma voluntaria en el Registro de Mediación de Navarra, o en su caso, las que desean adherirse al mismo de forma voluntaria sin la inscripción en el mismo.
- El código de conducta de mediación para las personas e instituciones inscritas voluntariamente en el Registro de Mediación de Navarra, que habrá de incluir, entre otras medidas, la posibilidad de pérdida del sello de calidad de mediación y la baja del Registro de Mediación de Navarra por los incumplimientos del mismo.
- Los requisitos para obtener la condición de agente restaurativo comunitario y formar parte de la Red Navarra Restaurativa.
Con este Decreto Foral de regulación del Reglamento de desarrollo de la Ley foral 4/2023 se pretende posibilitar el cumplimiento efectivo de dichas previsiones legales.
Periodos de participación
- El plazo de participación para realizar aportaciones comprende desde el 7 de febrero al 7 de marzo de 2024
- Mediante el espacio habilitado de aportaciones
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