Consulta Publica Previa del Decreto Foral por el que se aprueba el catálogo de actividades de riesgo en Navarra, se regulan las obligaciones de Autoprotección y se crea el Registro de Planes de Autoprotección de Navarra.
Departamento de Interior, Función Pública y Justicia
Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Participación en normativa
Establecer un catálogo de actividades de riesgo, cuyos titulares tengan la obligación de elaborar y registrar un plan de autoprotección; Regular el contenido mínimo de los planes de autoprotección.
En la actualidad, en la Comunidad Foral de Navarra, no se dispone de un Catálogo de Actividades susceptibles de generar grave riesgo para las personas o los bienes, así como de los centros, establecimientos, dependencias e instalaciones en las que se desarrollen tales actividades. Esta carencia obliga a tener como referencia la normativa nacional, en la que los umbrales para incluir a las actividades de riesgo son elevados, son de mínimos, dejando a las Comunidades Autónomas establecieran otros umbrales acordes a los niveles de riesgo específicos de cada una ellas.
Tampoco está desarrollado en Navarra el contenido que deberán tener los Planes de Autoprotección de las actividades susceptibles de generar grave riesgo para las personas o los bienes que, deberá ir alineado con el contenido establecido con carácter mínimo en la normativa nacional y con las especificidades para aquellas actividades que, en Navarra, además de las establecidas con carácter general, también se consideren de riesgo.
También es necesario crear y regular un registro administrativo en el que se inscriban los planes de autoprotección de todas las Actividades susceptibles de generar grave riesgo para las personas o los bienes.
Existe igualmente un vacío en la cuantificación y características de los diferentes medios con los que deben contar los Planes de Autoprotección. En especial lo relativo al número de ambulancias según el número de personas que participen en la actividad, los sistemas de control de aforo de determinados establecimientos de espectáculos públicos y otros recursos.
Con este Decreto Foral se pretende eliminar las carencias detectadas.
Periodos de participación
- El plazo de participación para realizar aportaciones comprende desde el 26 de marzo al 18 de abril de 2024
- Mediante el espacio habilitado de aportaciones
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