Consejo Navarro de Bienestar Social
Espacio estable de participación
Órgano participativo y consultivo en materia de servicios sociales, adscrito al Departamento competente en materia de servicios sociales.
Funciones:
a) Informar con carácter preceptivo los proyectos normativos en materia de servicios sociales, los planes estratégicos de servicios sociales de Navarra, los planes sectoriales de ámbito general y los planes de calidad.
b) Realizar el seguimiento de la aplicación y nivel de ejecución de los planes estratégicos de servicios sociales de Navarra, de los planes sectoriales de ámbito general, de los planes de calidad y de la cartera de servicios sociales de ámbito general.
c) Formular propuestas, recomendaciones y sugerencias al Departamento competente en materia de servicios sociales y al resto de Departamentos implicados en las políticas de acción social para la mejora del sistema de servicios sociales.
d) Proponer al presidente del Consejo modificaciones en la estructura y composición de éste, así como la creación de otras comisiones distintas a las previstas en la Ley, a efectos de que éste inicie las actuaciones oportunas para su modificación.
e) Cualesquiera otras funciones que se le atribuyan por norma de rango legal o reglamentario.
Composición:
a) Ostentará la presidencia la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales.
b) 5 representantes del Departamento competente en materia de servicios sociales, uno de los cuales ostentará la vicepresidencia, designados por la persona titular de dicho Departamento.
c) El Director o Directora Gerente del Instituto Navarro para la Igualdad.
d) 1 representante por cada uno de los Departamentos competentes en materia de vivienda, salud, empleo, educación y economía, así como de la Oficina de Atención a la Inmigración, designados por la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales, a propuesta de las personas titulares de los respectivos Departamentos. En el caso de que un solo Departamento englobara a más de uno de los ámbitos materiales señalados, la representación de ese Departamento se ajustará al número de áreas que éste englobe.
e) 3 representantes de las Entidades Locales, designados por la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales, a propuesta de la Federación Navarra de Municipios y Concejos.
f) El Director o Directora Gerente de la Fundación Navarra para la Tutela de las Personas Adultas.
g) 4 representantes de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas, 2 representantes por las organizaciones empresariales y dos por las sindicales, designados por la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales, a propuesta de éstas.
h) 3 representantes de alguno de los siguientes Colegios Profesionales de Navarra: trabajo social y asistentes sociales, psicólogos, médicos, enfermería o Diplomados Universitarios en Enfermería, terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas, sociólogos, graduados sociales, educadores sociales, abogados y economistas. Los representantes de los colegios profesionales se designarán por la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales, a propuesta de los mismos, de conformidad con lo establecido en sus Estatutos. Para esta propuesta, el Departamento competente en materia de servicios sociales establecerá un plazo para la presentación de candidaturas. Si finalizado el plazo no hubiera más que tres candidaturas, éstas serán objeto de designación directa. Si hubiera más de tres, el Departamento competente en materia de servicios sociales señalará día y hora, por un máximo de tres veces, para que procedan a la elección entre ellas. Agotada esta posibilidad, así como en el caso de que no se presentará en plazo el número de candidaturas suficientes, la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales designará libremente a los representantes, previa su aceptación.
i) 1 representante de cada Consejo Sectorial que exista, designado por éste.
j) 1 representante por cada una de las Universidades de Navarra, designados por la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales, a propuesta de éstas.
k) 1 representante de entidades de iniciativa privada de servicios sociales por cada una de las siguientes áreas de intervención: Familia, Menores, Discapacidad, Tercera Edad, Inmigración y Exclusión Social.
Normativa:
Decreto Foral 50/2007, de 18 de junio, por el que se regula el Consejo Navarro de Bienestar Social
Orden Foral 179/2019, de 27 de noviembre, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se designan miembros del Consejo Navarro de Bienestar Social.
Orden Foral 337/2020, de 14 de octubre, de la Consejera de Derechos Sociales, por la que se modifica la representante de una de las Universidades en el Consejo Navarro de Bienestar Social.
Dpto. de adscripción:
Departamento de Derechos Sociales
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