Proyecto de modificación de la Orden Foral 222/2016, de 16 de junio, de regulación del uso del fuego en suelo no urbanizable para la prevención de incendios forestales, 2023
Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
Alegación Orden Foral Uso Fuego en Suelo no Urbanizable
Esta propuesta ha sido aceptada porque:
La actual Orden Foral 222/2016, de 16 de junio de regulación del uso del fuego en suelo no urbanizable, ya indicaba en su artículo 6.1 apartado 4, dicha prohibición. Desde dicha fecha, cada anualidad se han venido solicitando y ejecutando quemas de rastrojos consecuencia de problemas fitosanitarios con dichas prohibiciones. Las campañas de quemas se han desarrollado con normalidad y por ello sobre dicha regulación de quema de rastrojos, la propuesta de modificación de la Orden Foral 222/2016 no planteaba ninguna modificación. No obstante, se ha considerado conveniente que la prohibición en terrenos enclavados en masas forestales lo sea sólo en aquellos enclavados en masas forestales, arboladas, de matorral, pastizal o prados naturales de una superficie superior a 5 hectáreas.
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