Proyecto de Decreto Foral por el que se regula el Registro de Asociaciones de Navarra y los procedimientos de su competencia
Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Publica e Interior
Consulta cuentas anuales en el Registro de Fundaciones y Asociaciones
Útil para ser socio o donante o bien siéndolo, controlar el uso que se le da
Esta propuesta ha sido rechazada porque:
En lo que se refiere a las fundaciones, no se puede regular según se propone porque no es objeto del decreto foral el registro de fundaciones sino el de asociaciones. Las fundaciones tienen establecido un régimen jurídico distinto que se encuentra, esencialmente, en el párrafo primero de la Ley 42 de la Compilación de Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo de Navarra, y en la Ley Foral 13/2021, de 30 de junio, de Fundaciones de Navarra, cuyo art. 49.5 establece que la publicidad de las cuentas de las fundaciones se ajustará a lo que al respecto se determine reglamentariamente; en este sentido, se encuentra en tramitación un proyecto de Decreto Foral por el que se regula el Registro de Fundaciones de Navarra y los procedimientos de su competencia, donde se dispone (art. 42, actualmente) un procedimiento de publicidad registral de cuentas coincidente con el que se propone.
En lo tocante a la publicidad de las cuentas de las asociaciones de utilidad pública inscritas en Navarra, se encuentra regulado expresamente en el art. 37 del proyecto, y se ha hecho en términos similares a los propuestos.
Por último, en cuanto a los datos económicos del resto de asociaciones, la transparencia de sus cuentas no es objeto del decreto foral, puesto que no existe normativa que exija que los datos económicos formen parte de la documentación de depósito obligatorio en el registro de asociaciones.
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