Proyecto de Decreto Foral por el que se regula la distinción de la persona voluntaria
#distincionpersonavoluntaria navarravoluntaria Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e interior
Este proceso pertenece a Participación en normativa
El artículo 15 de la Ley Foral 2/1998, de 27 de marzo, del Voluntariado de Navarra establece que el Gobierno de Navarra, basándose en la opinión del Consejo Navarro de Voluntariado, concederá anualmente la distinción de persona voluntaria de Navarra a la persona física o jurídica que haya destacado por su dedicación al voluntariado, por su ejemplo social en su actividad voluntaria o bien porque sus actuaciones voluntarias hayan alcanzado especial relevancia.
El objeto de este decreto foral es regular la distinción de la persona voluntaria de Navarra, que es la máxima distinción que otorga el Gobierno de Navarra en materia de voluntariado.
La distinción de la persona voluntaria precisa de un alto nivel de consenso que se garantiza con el proceso participado de selección y concesión de aquella y que afecta tanto a la propuesta de candidaturas como, en su caso, a la propia selección de la persona distinguida que finalmente será acordada por el Gobierno de Navarra previo informe favorable del Consejo Navarro del Voluntariado.
Periodos de participación
- El plazo de participación para realizar aportaciones comprende desde el 9 de febrero de 2023 al 1 de marzo
- Mediante el espacio habilitado de aportaciones
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