Proyecto de Decreto Foral por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro de Participación Ciudadana
#ConsejoNavarroParticipacion Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Publica e Interior
Artículo 3.2.2. Dar cabida en el consejo de participación a entidades que no tienen forma jurídica de asociaciones
El Consejo debería poder dar cabida a estas entidades, consideradas de interés público, sustituyendo el requisito de registro como asociación por otro que justifique su personalidad jurídica.
Esta propuesta ha sido aceptada porque:
Se modifica el artículo 3.2.2 en los siguientes términos:
(…) “Seis corresponderán a las entidades entre cuyos fines se encuentre el fomento de la participación ciudadana y que figuren inscritas en el Registro de Asociaciones de Navarra, en el Registro de Fundaciones de Navarra o en registros análogos siempre que la entidad preste sus servicios en Navarra. El fomento de la participación ciudadana se podrá acreditar o bien porque así lo recogen los fines de la entidad o bien por experiencias llevadas a cabo por la misma en esta materia.”
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