Proyecto de Decreto Foral por el que se modifica el Decreto Foral 37/2014, de 30 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo correspondientes a los Cuerpos de personal docente no universitario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
Departamento de Educación
Artículo 13. Contratación temporal en puestos de difícil provisión
1.- Que se mantengan los puestos de difícil provisión para la Formación Profesional en los ciclos de grado básico para facilitar el adecuado desarrollo de los proyectos pedagógicos con la estabilidad necesaria.
2.-Que esos puestos de difícil provisión se mantengan durante tres años prolongables (en el caso de que ningún funcionario elija el puesto).
3.- .......(continua en anexo)
Esta propuesta ha sido rechazada porque:
En respuesta a esta aportación, debe señalarse que los puestos de difícil provisión no son puestos de difícil desempeño para el profesorado, sino que son puestos que no son elegidos en concurso de traslados o en contratación temporal. Además, no hay que olvidar que los puestos de difícil provisión chocan con la estabilización y suponen un incremento de plantilla y de capítulo I que no permite la Ley 20/2021, de 28 de diciembre. Actualmente, durante los tres primeros años se garantiza un contrato, aunque varíen las necesidades, lo cual es incompatible con la estabilización.
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