Consejo Navarro de Participación Ciudadana
Espacio estable de participación
Acerca de esta asamblea
Órgano consultivo y de participación superior en la Comunidad Foral de Navarra en materia de participación ciudadana adscrito adscrito al Departamento competente en materia de participación democrática.
Funciones:
- Ejercer funciones consultivas respecto de las administraciones públicas de Navarra, asesorar a los organismos especializados en el diseño de políticas de participación ciudadana y emitir dictámenes o informes sobre las disposiciones normativas, planes o programas de aplicación general que estén relacionados de forma directa con la participación democrática.
- Articular la participación colaborativa del movimiento asociativo de entidades de participación ciudadana en la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas de participación ciudadana.
- Analizar, estudiar y evaluar la situación global de la participación ciudadana en Navarra, examinada a partir de referentes significativos que permitan detectar situaciones de ausencia de participación y proponer cuantas medidas considere convenientes para la promoción de la participación ciudadana en las políticas públicas.
- Informar el Plan de participación anual de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
- Conocer la Memoria anual de Participación del Gobierno de Navarra
- Las demás funciones que le asigne la normativa vigente.
Composición:
1-Presidente/a
2-Vicepresidencia
3-Vocales
a) Nueve representantes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a propuesta del Director General con competencias en materia de participación ciudadana.
b) Cuatro personas en representación de las entidades locales de Navarra
- Una será propuesta por el Ayuntamiento de Pamplona
- Una será propuesta por el Ayuntamiento de Tudela.
- Una será propuesta por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.
- Una corresponderá al resto de entidades locales de Navarra, que tengan estructuras de participación ciudadana y/o acrediten experiencia en proyectos de participación ciudadana.
c) Nueve personas en representación de organizaciones, asociaciones o entidades de participación ciudadana, de las cuales seis representarán a organizaciones y asociaciones; una a asociaciones de consumidores, una a organizaciones sindicales y una a organizaciones empresariales.
- Seis corresponderán a las entidades entre cuyos fines se encuentre el fomento de la participación ciudadana y que figuren inscritas en el Registro de Asociaciones de Navarra, en el Registro de Fundaciones de Navarra o en registros análogos siempre que la entidad preste sus servicios en Navarra
- Una a las asociaciones de consumidores de Navarra
- Una a las organizaciones sindicales de Navarra
- Una a las organizaciones empresariales de Navarra.
d) Seis personas en representación de organizaciones o entidades ciudadanas representativas de intereses sociales.
- Una será propuesta por el Consejo para la promoción de la Accesibilidad Universal y la Igualdad de Oportunidades para las Personas.
- Una será propuesta por el Consejo de la Juventud de Navarra/Nafarroako Gazteriaren Kontseilua.
- Una será propuesta por el Consejo Navarro de Personas Mayores
- Una será propuesta por el Foro de Personas Migrantes.
- Una será propuesta por el Consejo Navarro de Igualdad.
- Una será propuesta por el Consejo Navarro de Bienestar Social.
e) Una en representación de la Universidad Pública de Navarra
f) Tres personas en representación de Colegios Profesionales.
La Secretaría será asumida por una persona adscrita al Departamento competente en participación ciudadana, designada por su titular, quien también designará a una suplente. Ejercerá las funciones previstas en el artículo 22 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral.
Funcionamiento:
Pleno
- El Consejo Navarro de Participación Ciudadana actuará en Pleno.
- Componen el Pleno el conjunto de miembros del Consejo Navarro de Participación Ciudadana.
Grupos de trabajo
- Para el cumplimiento de las funciones propias del Consejo Navarro de Participación Ciudadana se podrán constituir Grupos de Trabajo para el estudio de distintos temas de interés que así lo requieran.
- Uno de los Grupos de Trabajo, será el denominado “Observatorio de la participación ciudadana en Navarra”, entre cuyas funciones estarán la de impulsar la investigación social aplicada a la participación ciudadana; analizar las tendencias institucionales y sociales en esta materia y promover su innovación; destacar e impulsar las buenas prácticas; impulsar la cultura participativa a través de la educación, fomentar debates públicos, el fomento de la formación y la sensibilización ciudadana en esta materia, todo ello desde un enfoque de género y enfoque interseccional.
Solicitud de comparecencia de personas expertas.
Al Pleno y a los Grupos de Trabajo podrán asistir, con voz y sin voto, personas expertas que, por su conocimiento específico los temas que se vayan a tratar en la correspondiente sesión y para el concreto tema a debatir, se estime conveniente.
Personas observadoras.
Podrán participar en el Pleno del Consejo, personas observadoras, con voz, pero sin voto, entre otros, representantes del Consejo de Transparencia de Navarra y del Defensor del Pueblo en Navarra.
Normativa:
LEY FORAL 12/2019, de 22 de marzo, de Participación Democrática en Navarra.
DECRETO FORAL 31/2023, de 22 de marzo, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Consejo Navarro de Participación Ciudadana.
Dpto. de adscripción:
Departamento de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior
Procesos participativos relacionados

La Ley Foral 12/2019, de 22 de marzo, de Participación Democrática en Navarra, en su artículo 48 est...
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Fecha de inicio
04/09/2022 -
Fecha de finalización
30/11/2022
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Creado el
02/09/2022 -
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