Comisión de Artesanía Agroalimentaria
Espacio estable de participación
Órgano participativo y consultivo en materias relacionadas con el sector de artesanía agroalimentaria
Funciones:
a) Estudiar y proponer las disposiciones reguladoras de las condiciones necesarias para la concesión del Diploma de Artesano Agroalimentario.
b) Estudiar y proponer las condiciones que regulen la utilización en el etiquetaje y la propaganda de los términos artesano, artesanía y artesanal respecto de productos y actividades agroalimentarias.
c) Proponer medidas dirigidas al fomento y protección del artesanado agroalimentario.
d) Estudiar las solicitudes y proponer la calificación de empresa artesanal agroalimentaria, mediante dictamen favorable, especialmente en los casos previstos en el apartado 2 del artículo 4 .
e) Estudiar y proponer las modificaciones a introducir en el Repertorio de Oficios de Artesanía Agroalimentaria.
f) Cualquier otra que, afectando al desarrollo de! sector artesano agroalimentario, pueda serle encomendada.
Composición:
a) el Director General de Agricultura, Ganadería y Montes o persona en quien él delegue, que actuará como Presidente
b) un representante del Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo
c) un representante del Departamento de Salud
d) un representante de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra
e) expertos en artesanía agroalimentaria, hasta un máximo de dos, designados por el Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes
f) un representante por cada una de las asociaciones de artesanos agroalimentarios legalmente constituidas
g) un técnico del Departamento de Agricultura, Ganadería y Montes, que actuará como Secretario.
Normativa:
Decreto Foral 103/1994, de 23 de mayo, por el que se regula en Navarra la artesanía agroalimentaria
Dpto. de adscripción:
Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
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