Consejo Navarro de Salud Laboral
Espacio estable de participación
Órgano de participación en materia de salud laboral
Funciones:
Participar en la planificación, programación, organización y control de la gestión relacionada con la salud laboral en los diferentes ámbitos y niveles.
Composición:
a) Presidencia y Vicepresidencia: las personas titulares de las direcciones generales competentes en materia de Salud y Trabajo, quienes desempeñarán dichos cargos alternativamente, por periodos anuales.
b) Secretario: la persona titular del Servicio de Salud Laboral.
c) La persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra.
d) Una persona designada libremente por la persona titular del Departamento competente en materia de salud.
e) Una persona designada libremente por la persona titular del Departamento competente en materia de trabajo.
f) Cuatro personas designadas por los sindicatos que tengan derecho a participar en el Consejo Económico y Social de Navarra, en proporción a su representatividad.
g) Tres personas designadas por las organizaciones empresariales que tengan derecho a participar en el Consejo Económico y Social de Navarra, en proporción a su representatividad.
h) Una persona designada por las asociaciones de trabajadores/as autónomos.
i) Un representante de la Inspección de Trabajo, con voz pero sin voto.
Normativa:
Decreto Foral 63/2012, de 18 de julio, por el que se crea y se aprueban los estatutos del organismo autónomo Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra
Decreto Foral 242/2015, de 14 de octubre, por el que se modifica el Decreto Foral 63/2012, de 18 de julio, por el que se crea y se aprueban los estatutos del organismo autónomo Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra
Dpto. de adscripción:
Departamento de Salud
Compartir: