Consejo Navarro de las Personas Mayores
Espacio estable de participación
Acerca de esta asamblea
El Consejo Navarro de las Personas Mayores se crea como foro de las personas mayores y de las entidades y organizaciones relacionadas para la participación en la planificación, ejecución y seguimiento de las políticas y actuaciones destinadas a lograr el bienestar de este sector de la ciudadanía. El objeto del Consejo es la defensa de los derechos e intereses de las personas mayores residentes en Navarra y la colaboración con las diferentes Administraciones Públicas de Navarra.
Funciones:
a) Informar con carácter preceptivo los proyectos de normativa foral relacionados con esta área de actuación social.
b) Recibir información sobre las convocatorias anuales de subvenciones y ayudas dirigidas a asociaciones, entidades, centros, servicios o personas de la tercera edad.
c) Informar con carácter preceptivo los planes sectoriales de este área de actuación social y realizar el seguimiento y evaluación de la aplicación y del nivel de ejecución de los mismos.
d) Realizar el seguimiento y evaluación de la aplicación y del nivel de ejecución de la cartera de servicios sociales de ámbito general, en el área de tercera edad.
e) Promover medidas, campañas, estudios o investigaciones que fomenten las relaciones intergeneracionales, el asociacionismo, la participación, la solidaridad y en general, la calidad de vida de las personas mayores.
f) Elaborar propuestas de actuación relativas a la tercera edad y remitirlas, en su caso, a las Administraciones Públicas de Navarra y a los organismos, instituciones y entidades de carácter público y privado relacionados con esta área de actuación social.
g) Cuantas otras funciones le atribuyan las leyes o le encomiende el Gobierno de Navarra en esta materia.
Composición:
a) Presidente del Consejo la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales.
b) Vicepresidente Primero la persona que ocupe la Dirección competente en materia de mayores.
c) Vicepresidente Segundo la persona elegida por y entre las vocalías que correspondan a las asociaciones, entidades y organizaciones.
d) Dos Vocales designados libremente por la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales entre el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
e) Catorce vocales en representación de las asociaciones de personas mayores que actúan dentro de un área de servicios sociales, conforme a lo previsto en la Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales. Las entidades de cada área designarán dos vocales como máximo, excepto en el área de servicios sociales de Pamplona y Comarca, donde se elegirán cuatro vocales, dos en el ámbito de Pamplona y dos en el ámbito de la Comarca.
f) Dos vocales en representación de las asociaciones de personas mayores que actúen en todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.
g) Un vocal en representación de las asociaciones de mujeres mayores que según sus estatutos, sea requisito para asociarse ser mujer mayor.
h) Dos vocales designados por la Federación Navarra de Municipios y Consejos.
i) Cuatro vocales en representación de las organizaciones sindicales. Cada organización sindical que acredite más de un 10% de representatividad en la Comunidad Foral de Navarra designará un vocal de entre sus miembros que se encuentren en situación de jubilación. En el caso de que existan más de cuatro organizaciones que cumplan dicho requisito, las cuatro organizaciones sindicales con mayor porcentaje de representación designarán un vocal.
j) El Secretario será designado libremente por la persona titular del Departamento competente en materia de servicios sociales de entre el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; tiene voz, pero no voto.
Normativa:
Decreto Foral 344/1997, de 24 de noviembre, por el que se crea el Consejo Navarro de las Personas Mayores
Orden Foral 200/2019, de 7 de mayo, del Consejero de Derechos Sociales, por la que se designan miembros del Consejo Navarro de las Personas Mayores.
Dpto. de adscripción:
Departamento de Derechos Sociales
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