Consejo Navarro de Consumo
Espacio estable de participación
Órgano de representación, consulta y participación de los agentes sociales afectados y de las Administraciones Públicas competentes de Navarra, en materia de consumo.
Funciones:
a) Informar y asesorar en materia de consumo.
b) Fomentar el diálogo, la coordinación y la colaboración entre las asociaciones de consumidores y las organizaciones empresariales, sirviendo de foro de discusión y debate de los sectores sociales afectados en materia de consumo y promoviendo la adopción de acuerdos entre las asociaciones de consumidores, las organizaciones empresariales y las Administraciones Públicas de Navarra en esta materia.
c) Informar preceptivamente sobre los proyectos de disposiciones generales que se dicten en materia de consumo. A estos efectos no se consideran disposiciones generales en materia de consumo aquéllas que únicamente regulen aspectos de naturaleza organizativa de las Administraciones Públicas competentes y que no afecten directamente a los derechos de los consumidores.
d) Promover y proponer a las Administraciones Públicas competentes acciones, programas, medidas de ordenación, estudios y trabajos de investigación en materia de defensa de los consumidores.
e) Conocer las medidas, planes y proyectos de actuación de las Administraciones Públicas de Navarra en materia de defensa e información del consumidor pudiendo formular propuestas con relación a los mismos, así como conocer los estudios e informes de interés en la materia.
f) Solicitar de los órganos competentes los informes que se estimen necesarios para la solución de las cuestiones sometidas a su consideración.
g) Emitir un informe anual sobre la problemática existente en Navarra en materia de consumo.
h) Potenciar la formación del ciudadano como consumidor.
Composición:
a) En representación de las Administraciones Públicas formarán parte del Consejo:
- Presidente: El Consejero del Departamento competente en materia de consumo.
- Vicepresidente: El Director General competente en materia de consumo.
- El Director del Servicio de Consumo.
- Un representante de las entidades locales de Navarra, que será propuesto por la Federación Navarra de Municipios y Concejos entre los representantes municipales de los Ayuntamientos.
b) En representación de las organizaciones de consumidores y usuarios formarán parte del Consejo cuatro vocales que serán designados a propuesta de las entidades inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de conformidad con los siguientes criterios:
- Asignación de un vocal a cada una de las organizaciones inscritas por orden de mayor a menor representatividad, atendiendo al número de socios de las mismas según los datos obrantes en el Registro.
- Los restantes vocales, en su caso, serán propuestos sucesivamente por cada una de las entidades inscritas, con arreglo al mismo criterio anterior.
c) En representación de las organizaciones empresariales o profesionales formarán parte del Consejo cuatro vocales que serán designados como sigue:
- Dos representantes a propuesta de la Cámara de Comercio e Industria de Navarra.
- Dos representantes a propuesta de la Confederación de Empresarios de Navarra.
Normativa:
Dpto. de adscripción:
Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial
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