Consejo de Estadística de Navarra
Espacio estable de participación
Órgano consultivo y de participación del Sistema Estadístico de Navarra. Sus objetivos son facilitar la relación de las unidades estadísticas entre sí y de éstas con informantes y con quienes utilizan la información estadística.
Funciones:
El Consejo ejercerá sus funciones de asesoramiento, participación y propuesta en relación con las actividades y proyectos del Sistema Estadístico de Navarra, y en concreto:
a) Aprobar la propuesta de Planes de Estadística de Navarra y Programas Anuales de Estadística.
b) Emitir informe preceptivo de evaluación sobre el cumplimiento de los objetivos tanto de los Planes de Estadística de Navarra como de los Programas Anuales de Estadística.
c) Realizar recomendaciones sobre las relaciones entre las unidades estadísticas e informantes, en especial sobre la aplicación práctica del secreto estadístico.
d) Emitir informes sobre cualquier otra cuestión estadística que le soliciten el Gobierno de Navarra o cualquiera de las personas integrantes del Consejo.
Composición:
Los órganos del Consejo son:
a) El Pleno.
b) La Comisión Permanente.
c) Los Grupos Temáticos.
d) Los Grupos de Trabajo.
1. El Pleno
La composición del Pleno es la siguiente:
a) Presidencia, a cargo de la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda.
b) Vicepresidencia, a cargo de la persona que ejerza la Dirección del Instituto de Estadística de Navarra.
c) Secretaría, a cargo de una persona adscrita al Instituto de Estadística de Navarra y nombrada por la Dirección del mismo.
d) Vocales, representantes de las siguientes unidades, instituciones o asociaciones:
- Una persona que represente a cada uno de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral, que deberá formar parte del órgano estadístico o comisión de estadística departamental correspondiente, según se define en la Ley Foral 11/1997.
- Una persona de la Federación Navarra de Municipios y Concejos.
- Una persona del Ayuntamiento de Pamplona.
- Una persona del Instituto Nacional de Estadística.
- Dos personas de las asociaciones de empresas más representativas.
- Dos personas de las organizaciones sindicales más representativas.
- Una persona de la Universidad Pública de Navarra.
- Dos personas de las instituciones sociales, nombradas por la Presidencia.
- Dos personas de relevancia profesional en el campo de la estadística, nombradas por la Presidencia. Propuestas por la Comisión Permanente.
2. La comisión permanente
La Comisión Permanente está formada por las siguientes personas pertenecientes al Pleno del Consejo de Estadística de Navarra:
a) La Vicepresidencia del Pleno del Consejo de Estadística, que ejercerá la Presidencia de esta Comisión.
b) La Secretaría del Pleno del Consejo de Estadística, que ejercerá la Secretaría de la Comisión.
c) Tres personas representantes de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Foral.
d) Tres personas representantes del resto de instituciones y organizaciones que forman parte del Pleno del Consejo.
3. Los grupos temáticos
La Comisión Permanente podrá formar grupos temáticos que atenderán a los siguientes ámbitos de actuación:
a) Economía y finanzas.
b) Población y demografía.
c) Estadísticas de sociedad.
d) Industria, comercio y servicios.
e) Medioambiente, agricultura y energía.
f) Ciencia, tecnología y sociedad digital.
4.Grupos de trabajo
En cada uno de los Grupos Temáticos se podrán formar, a propuesta de cualquiera de sus integrantes, Grupos de Trabajo para el análisis de temas concretos. La propuesta de creación de un Grupo de Trabajo deberá incluir el objetivo a alcanzar, el calendario de ejecución, que no podrá ser superior a un año, y los miembros que formarán parte del mismo. El plazo de duración podrá prorrogarse un año cuando exista motivación suficiente para la misma.
2. La propuesta de creación de un grupo de trabajo deberá ser aprobada en el Grupo Temático por mayoría simple y por la Comisión Permanente.
En el caso de materias transversales podrán formarse Grupos de Trabajo formados por representantes de varios Grupos Temáticos que deberán ser aprobados por la Comisión Permanente.
Normativa:
Ley Foral 11/1997, de 27 de junio, de Estadística de Navarra
Dpto. de adscripción:
Departamento de Economía y Hacienda
Consulte aquí la página web del Consejo de Estadística de Navarra
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