Consejo Cooperativo de Navarra
Espacio estable de participación
Acerca de esta asamblea
Órgano consultivo de la Administración de la Comunidad Foral en materia cooperativa, respondiendo a la exigencia de establecimiento de cauces permanentes de comunicación y diálogo entre las Cooperativas que realicen su actividad societaria típica en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra y la Administración.
Funciones:
a) Fomentar y defender el cooperativismo en Navarra.
b) Informar, dictaminar, proponer o recomendar a las Instituciones y Organismos medidas legislativas o de cualquier tipo relativas a la regulación, promoción y desarrollo del cooperativismo en Navarra, contribuyendo al perfeccionamiento del régimen legal e institucional del movimiento cooperativo.
c) Intervenir en los conflictos que se susciten entre Cooperativas, o que afecten a su ámbito asociativo.
d) Arbitrar en las cuestiones litigiosas que se susciten entre las. Cooperativas, o entre éstas y sus socios cuando ambas partes soliciten dicho arbitraje, o bien venga establecido el mismo en sus respectivos estatutos, sin perjuicio del derecho que les asiste a la vía jurisdiccional.
e) Facilitar la planificación y colaborar en la ejecución de los programas de desarrollo y fomento del cooperativismo, así como en los de formación y educación cooperativa.
f) Ser oído en cuantos expedientes se tramiten en materia de descalificación de Cooperativas.
g) Defender la correcta utilización de los fondos de educación y promoción en las Cooperativas de primer y ulterior grado y sus entidades asociativas.
h) Las derivadas del presente Reglamento.
Composición:
Está compuesto por diez miembros, de los que cinco serán designados por el Gobierno de Navarra, y los cinco restantes por las Uniones de Cooperativas, formando un órgano de carácter paritario.
Normativa:
Ley Foral 14/2006, de 11 de diciembre, de cooperativas de Navarra
Dpto. de adscripción:
Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial
Compartir: