Consejo Asesor Forestal de Navarra
Espacio estable de participación
Órgano colegiado, de naturaleza consultiva e informante, integrado, junto a representantes de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, por una amplia representación de los sectores que mayor relación tienen con la protección, gestión y desarrollo del patrimonio forestal, de los bosques y de los montes en Navarra, entre ellos las asociaciones de propietarios forestales, empresarios de la madera, Colegios Oficiales, asociaciones de defensa de la naturaleza, entidades locales y agrupaciones. tradicionales de Navarra para la administración de montes comunales.
Funciones:
a) Proponer al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda actuaciones relativas a la ordenación, conservación y mejora del patrimonio forestal, bosques y montes de, Navarra.
b) Informar los anteproyectos del Plan Forestal de Navarra, del Plan de Prevención de Incendios Forestales y de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, así como cuantas otras cuestiones sobre el patrimonio forestal, los bosques y los montes someta a su consideración el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.
c) Elaborar y trasladar al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda propuestas, iniciativas y sugerencias, en materia de montes, bosques y patrimonio forestal.
Composición:
a) Presidente: el Director General de Medio Ambiente.
b) Vicepresidente: el Director del Servicio de Conservación de la Naturaleza.
c) Un representante de la Dirección General de Interior, con conocimientos sobre la protección contra incendios.
d) Un representante del Departamento de Agricultura, Ganadería y Promoción Rural, con conocimientos sobre pastos.
e) Tres representantes de la Federación Navarra de Municipios y Concejos Nota de Vigencia.
f) Un representante del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
g) Un representante por cada una de las siguientes agrupaciones administrativas de carácter tradicional: Valle de Aézkoa, Mancomunidad del Valle de Roncal, Universidad del Valle de Salazar, Comunidad de Bardenas Reales, Junta de Limitaciones, Unión de Aralar, Junta Administrativa de Bidasoa-Berroarán, Junta Administrativa de la Sierra de Santiago de Lóquiz y Mancomunidad de Quinto Real Nota de Vigencia.
h) Un representante del Colegio Oficial de Ingenieros de Montes.
i) Un representante del Colegio Oficial de Biólogos.
j) Un representante del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Forestales.
k) Dos representantes de las entidades y asociaciones dedicadas a la defensa del medio ambiente o estudios de la naturaleza, designados entre y por los representantes de éstas que integran el Consejo Navarro de Medio Ambiente.
l) Un representante de la Asociación Forestalista de Navarra Foresna-Zurgaia.
m) Un representante de la Asociación Navarra de Empresarios de la Madera.
n) Secretario con voz y voto: el Jefe de la Sección de Ordenación Forestal, o, en su ausencia, un técnico del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda.
Normativa:
Decreto Foral 107/1996, 12 de febrero, por el que se crea el Consejo Asesor Forestal de Navarra
Dpto. de adscripción:
Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente
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